lunes, 28 de octubre de 2013

Curso de Formación Jurídica en Actividades de Naturaleza. Madrid, 9 a 12 de diciembre 2013.

En todas las actividades de nuestra vida, y por ello también en las desarrolladas en el medio natural, el conocimiento de aquello que podemos, o no, hacer es fundamental de cara a la seguridad. Los conocimientos técnicos y las capacidades físicas son determinantes a nivel individual, pero a nivel colectivo, y especialmente en todos aquellos encargados de la gestión, organización y dinamización de colectivos es fundamental contar con herramientas que proporcionen seguridad jurídica a nuestro actuar. Y este es precisamente el objetivo de este curso, aportar una solida base de formación jurídica relacionada con las actividades deportivas en el medio natural.


El curso, que se desarrolla en colaboración con la Escuela Madrileña de Alta Montaña, se divide en 4 módulos independientes, pudiendo hacerse la inscripción para módulos sueltos o el curso completo. Marco jurídico de las empresas de turismo activo, Accidentes y responsabilidad jurídica, Acceso a espacios naturales protegidos y Gestión de Empresas son las denominaciones de estos módulos que, orientados preferentemente a profesionales del turismo activo, son de especial interés tanto para gestores de entidades públicas o privadas como para todos aquellos practicantes a nivel individual de deportes en la naturaleza.

Podéis descargar toda la información del curso pinchando aquí y realizar cualquier consulta en el correo info@admontem.es

Os esperamos

miércoles, 23 de octubre de 2013

Trabajando en un nuevo Decreto de Actividades Juveniles de Aragón.

Desde esta primavera de 2013, en que estuvimos colaborando, con una formación para entidades juveniles, hemos estado trabajando conjuntamente con el Instituto Aragonés de la Juventud en la modificación del actual Decreto que regula las actividades juveniles que data del año 1997.

Este decreto, aragonés en este caso, pero con "hermanos" en practicamente la totalidad de comunidades autónomas establece las condiciones en que han de ser desarrolladas determinadas actividades de tiempo libre que se realizan con menores. Esto es, regula los campamentos y colonias que se realizan en la comunidad autónoma con independencia de la procedencia de los grupos. 

Que no haya chavales por la montaña en condiciones similares es uno de los objetivos de la norma

Quien no este familiarizado con este mundillo de los campamentos quizás encuentre excesivo que exista una regulación de estas actividades; nada más lejos de la realidad, nos encontramos ante un fenómeno con una importancia histórica, social y económica de gran magnitud. Ciñéndonos a los datos, en 2012 se realizaron en Aragón, en temporada estival, más de 350 actividades juveniles de este tipo con una participación global superior a los 20.000 participantes. Entiendo que son datos que reflejan la importancia de este "mini-sector" económico en el que conviven tanto asociaciones sin animo de lucro como empresas.

A este factor económico-social hay que añadirle otro aspecto fundamental, y es el perfil de los participantes en estas actividades ... los menores de edad. Son un sector con unas protecciones jurídicas específicas puesto que están en desarrollo sus capacidades hasta alcanzar la madurez.

Esta modificación normativa es un punto fundamental en la tarea continua que se lleva desarrollando desde hace ya unos años en pro del incremento de la seguridad, a todos los niveles, en este tipo de actividades. Para ello se llevan realizando determinadas acciones de inspección, control e información a los distintos grupos y entidades que realizan estas actividades.


Educar en estas actividades, aun con el mero ejemplo, es una importante inversión para el futuro.

A la hora de plantearnos la modificación normativa partíamos con dos pilares fundamentales, aparte de la lógica adaptación al tiempo tras 16 años desde la entrada en vigor del actual:

       -La necesidad de contar con un control previo mas profundo de las actividades. Tanto del personal, como de las instalaciones y las actividades a desarrollar. Así como la necesidad de que esta comunicación sea mas temprana para poder supervisar mejor las actividades.

        -La supervisión y revisión de las actividades de riesgo, estableciendo la posibilidad de recomendar modificaciones o exigir, en determinados casos, la dirección y ejecución de la actividad por Técnicos Deportivos.

Esta semana hemos tenido una reunión consultiva con diversas entidades en la que se reviso todo el documento que tuvo una excepcional acogida por todas ellas ya que la ven muy necesaria. Una vez aclarados ciertos artículos y tras la revisión, e inclusión en su caso de las aportaciones se realizará el documento definitivo que se llevará a información publica y comenzará el farragoso tramite parlamentario hasta su aprobación definitiva y publicación en el BOA.