lunes, 30 de septiembre de 2013

Montaña y Derecho: Una relación de 150 años



Os reproducimos a continuación el artículo que la semana pasada nos publicó la revista Desnivel


14 de julio de 1865, una fecha lejana, hace casi 150 años. Ese día se culminaba una de las grandes hazañas del alpinismo del siglo XIX, la ascensión del Mattehorn o Cervino por, entre otros, Edward Whymper. Junto a él iban tres guias. Como mucha gente sabrá durante el descenso se produjo una caída que provocó la muerte de cuatro de los participantes en la ascensión. Sobrevivieron Whymper  y dos de los guias, padre e hijo, Peter Taugwalder originarios de Zermatt.
El revuelo periodístico de esta gesta y el posterior accidente fue de magnitud mundial, aunque se desarrolló especialmente en la prensa italiana, suiza, francesa e inglesa. Fue tan grande la impresión que se generó que llevo incluso a que la reina Victoria de Inglaterra se planteara decretar  la prohibición de escalar para sus súbditos.
Pero aún hay más, los dos guias locales y Whymper fueron sometidos a juicio para determinar su posible implicación en la muerte de sus cuatro compañeros de cordada; se examinaros dos posibles causas: el corte voluntario de la cuerda por parte de Peter Taugwander hijo o el estado y características de la cuerda. Finalmente todos salieron absueltos.
Y todo esta historia, ¿a qué viene? Para demostrar que efectivamente la relación entre derecho y montaña es tan antigua como su propia existencia , y  que los medios de comunicación ya hace tiempo que han tratado, a su manera, el tema de los accidentes en montaña.




Y es que, por suerte o por desgracia, por muy punkis o muy utópicos que nos pongamos vivimos en una sociedad sujeta a unas normas. Algunas casi tan antiguas como la primera ascensión al Cervino. El Código Civil actual data de 1889 y recomiendo vivamente la lectura de sus siete primeros artículos. Para todos aquellos que abominan de la unión del derecho y la montaña (como si la montaña fuera un recinto cerrado ajeno al mundo real) les recomiendo además la lectura del artículo 1.902:

El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.

Dudo mucho que el legislador estuviera pensando en accidentes de montaña cuando dicto esta norma, pero si es evidente que se aplica hoy en día (en muchas facetas de la vida cotidiana, incluida la montaña). Pero claro, una cosa es que se aplique y otra muy diferente el que se haga automática y obligatoriamente en todos los casos. Por qué para empezar este resarcimiento  previsto ha de ser solicitado por el afectado (cosa que rara vez se hace) o por sus herederos en caso de fallecimiento (que si se realiza más habitualmente). Y además ha de haber una conducta, u omisión, que probadamente haya llevado a la consecución de un daño. Y esto es así para todas las actividades que podamos desarrollar en nuestra vida; siempre y cuando no haya un hecho ilícito, esto es tipificado en el Código Penal y que por tanto lleve a otros procedimientos.
Aún no consigo entender, por muy montañero romántico que me ponga, como es posible que si en la carretera, en una calle de cualquier ciudad, en un edificio público o en la realización de un contrato, sufro cualquier daño en mis intereses legítimos puedo recurrir a los tribunales, porque no voy a poder hacerlo si ese daño se produce en una montaña de 1.000, 3.000 o 5.000 metros si he puesto mis aspiraciones en manos de alguien más experto, con más conocimientos o más capacitado que yo, y el daño recibido es debido a un mal actuar suyo. 




Quizás el hecho de que el “derecho haya penetrado tan invasivamente en el montañismo” no es sino un reflejo del impacto que las actividades de naturaleza tienen en nuestra sociedad. Esta socialización ha llevado estrecha y lógicamente unida una comercialización de la naturaleza que se refleja en la compra de productos, materiales y literatura específica, el acceso masivo a determinados lugares (Lagos de Covadonga, Circo de Gredos, Pedriza del Manzanares, Margalef, Cola de Caballo en Ordesa, …), la creación de variados grupos de rescate y la posterior implantación de una tasa en determinados supuestos, entre otros.
Junto a esto se ha regulado y profesionalizado la figura del Guia de montaña, bajo las formaciones específicas de Técnicos Deportivos de grado medio (en las modalidades de media montaña, alta montaña, barrancos y escalada) y de grado superior para las modalidades de esquí de montaña, escalada y alta montaña. Estas formaciones que se rigen por una misma normativa estatal tienen delimitadas tanto sus cargas lectivas como sus competencias y marcos de actuación para cada una de las modalidades. Se crea así una formación específica para crear profesionales que asuman con garantías las funciones de docencia, acompañamiento, guiado y, en su caso, entrenamiento en las diversas especialidades deportivas. Estas formaciones habilitan por tanto para el ejercicio laboral como cualquier otra formación profesional o académica.
En definitiva la montaña no deja de ser un aspecto más de la vida social, y por tanto no es ajeno al mundo del derecho. De igual manera que pedimos que nuestro material de escalada cumpla unos requisitos de seguridad determinados, que exigimos unos servicios mínimos en los refugios de montaña o reclamamos el libre acceso a determinadas zonas amparándonos en nuestra seguridad, nuestra libertad o nuestros derechos debemos acudir a la montaña disfrutando pero sin olvidar que disfrutar de derechos en sociedad supone cumplir unos deberes y obligaciones.

martes, 17 de septiembre de 2013

Seminario Seguridad y Responsabilidad en Deportes de Montaña (II)

Con la presencia de 25 participantes provenientes de 10 comunidades autónomas celebramos en Zaragoza la semana pasada el I Seminario sobre Seguridad y Responsabilidad en Deportes de Montaña.

Organizado por la Universidad de Zaragoza, bajo el auspicio del Máster en Derecho de los Deportes de Montaña, y con la colaboración de la FEDME ha servido para vivir dos intensos días de formación, reflexión y debate sobre algunos de los principales temas de preocupación para el colectivo montañero. 

Un momento de mi ponencia.

Tras una primera jornada dedicada al análisis de la prevención en montaña y al conocimiento de las implicaciones de la Responsabilidad Civil en las actividades desarrolladas en la naturaleza, el viernes se dedicó a el análisis mas detallado de diversos de aspectos concretos (menores, normativas de cobro de rescates, estaciones de esquí, atestados y seguros).


José María Nasarre, director del Seminario.

Las ponencias se desarrollaron en un ambiente ameno y participativo, por lo que los alumnos  pudieron resolver todas sus dudas en las diferentes materias y establecerse interesantes debates.

Al margen del buen desarrollo del seminario hay algunos aspectos de interés que quería apuntar, tanto positivos como negativos:

Respecto a los positivos hay que destacar la buena acogida recibida; junto a los participantes hubo un numeroso grupo de interesados que finalmente por diversas cuestiones no pudieron asistir. Asimismo, el hecho de que haya habido participantes de 10 Comunidades Autónomas (algunas tan alejadas de Aragón como Galicia, Murcia o Canarias) no hace sino reflejar la "globalidad" de los temas tratados.

Por la parte negativa considero que sigue habiendo una cierta estrechez de miras, cuando no ceguera directamente, desde ciertas instituciones. Los asistentes, TODOS, provenían del ámbito federativo autonómico; todos eramos gente que trabajamos en los clubes y federaciones. Muy a nuestro pesar, no había representación de la Federación Española, de los colectivos de guías o de empresas de turismo activo, y desde luego, no había representación política o de la administración publica.

En definitiva, han sido dos días de aprovechamiento para la reflexión, el conocimiento y el intercambio de ideas que esperemos de sus frutos y tenga continuidad.

jueves, 5 de septiembre de 2013

Reflexiones post-veraniegas: Masificación, rescates, ...

Termina el periodo vacacional y las zonas turísticas retornan poco a poco a la "tranquilidad" habitual; los hosteleros hacen cuentas, los temporeros buscan nuevos nidos y los políticos (quizás, algunos) hacen balance de lo sucedido en tus territorios. Seguramente las conclusiones serán similares en muchos lugares: el hostelero hablará del poco gasto de los turistas, el temporero se quejará del escaso salario y la incertidumbre de la nueva temporada y el político pensará que el servicio de rescate de turno es muy costoso para las maltrechas arcas públicas.

Centrándonos en los pensamientos de los políticos, sabemos que en algunas CCAA han llegado a la conclusión de que una "buena manera" de evitar o de intentar minorar los accidentes ocurridos en el medio natural es cobrar el rescate en una serie de supuestos. Al parecer esta medida no esta acarreando los resultados pretendidos, al menos en Catalunya.

Esta amenaza, real, de cobro tiene, a mi entender, un alcance muy limitado debido a:

-El alcance de la difusión de estas posibles sanciones es muy limitado. Incluso entre los practicantes habituales de actividades en la naturaleza hay mucho desconocimiento y dudas sobre estos cobros. Lógico siendo que las normativas de cobro vienen recogidas en Leyes fiscales.
-La medida adoptada es posterior al resultado y por tanto carece de cualquier efecto preventivo. Una persona que sufre un accidente y requiere de un traslado, asistencia médica, hospitalización, ... ¿necesita mas "castigo" para entender que obró mas?, y si desafortunadamente no aprende de los hechos pasados, ¿va a hacerlo por una sanción económica?


 ¿Lección aprendida? No subiré así al Aneto. No subiré así al Aneto. No subi...

-No va acompañada de medidas proactivas. Se penalizan determinadas actividades por considerarse de riesgo en si mismas, como pasa en Euskadi o Canarias; o determinadas actitudes que quedan mas que ambiguamente definidas o que incluso harían impracticables determinadas actividades. No se insta a la educación o la formación.

El resultado final de esta escasa altura de miras, es justamente el contrario de lo que se esta haciendo en Europa. Aquí parece que se penalice y se  busque el asustar a la gente para que no se acerque al medio natural, mientras que en Europa son los poderes público los que están lanzando campañas para promocionar la actividad en el medio natural, especialmente el senderismo, como un medio para evitar el sedentarismo y favorecer unos hábitos de vida mas saludables.

"Afortunadamente" la idiosincrasia ibérica hace que estas campañas de promoción del senderismo sean, en buena medida, innecesarias; mientras que si son imprescindibles unas importantes y eficaces campañas de información y concienciación para todos aquellos que  con unas zapatillas y un bocadillo de chorizo se echan al monte con mas voluntad que acierto.

 Las piedras caen en todas las montañas, en algunas, además, cuestan dinero.

Tenemos una ingente cantidad de usuarios, reales y potenciales, del medio natural que necesitan que encaucemos su entusiasmo en vez de cortarlo y limitarlo. Es tarea de todos.